LOS INFORMES PERICIALES ABSUELVEN AL ANCIANO QUE MATO DE UN DISPARO AL LADRON
En un emotivo desenlace judicial, el pasado 21 de noviembre, el jurado popular ha declarado no culpable a Pau Rigo, el anciano de 84 años que, en 2018, disparó y mató a un ladrón durante un violento asalto en su hogar en Porreres, Mallorca. Este veredicto unánime marca el final de un proceso legal que ha captado la atención pública y plantea importantes cuestiones sobre la legítima defensa.
El incidente ocurrió el 24 de febrero de 2018, cuando dos ladrones encapuchados irrumpieron en la residencia de Rigo. Los asaltantes, armados con patas de cabra, buscaban un botín que creían ascendía a 200.000 euros. En realidad, solo encontraron 15.000 euros. Durante el asalto, los ladrones sometieron a Rigo y a su exmujer a violencia física y verbal. Según el testimonio de Rigo, los ladrones lo abordaron en su jardín, lo inmovilizaron y lo obligaron a entrar nuevamente en la casa. Fue entonces cuando Rigo logró alcanzar una escopeta de caza que tenía escondida y cargada detrás de la puerta de su dormitorio. En un momento crítico, disparó contra uno de los asaltantes que le agredió con una pata de cabra.
El jurado popular deliberó durante más de 24 horas antes de llegar a un consenso. La defensa, liderada por el abogado Eduardo Valdivia, argumentó que Rigo actuó en legítima defensa para proteger su vida y la de su exmujer. El jurado aceptó esta tesis, considerando que el disparo fue una reacción instintiva y proporcional ante una amenaza inminente. Los miembros del jurado también tomaron en cuenta el estado emocional de Rigo durante el asalto. El perito psicólogo testificó que el anciano actuó bajo un estado de shock, influenciado por una experiencia traumática previa: semanas antes había sufrido otro robo violento en su domicilio.
La magistrada presidenta del tribunal adelantó oralmente que la sentencia será absolutoria para Rigo. Al escuchar estas palabras, Rigo rompió en llanto, provocando una pausa momentánea en la sesión. Este veredicto ha sido recibido con alivio por parte de la familia del anciano y ha generado un amplio debate sobre los límites de la legítima defensa.
El caso Pau Rigo ha puesto de relieve las complejidades legales asociadas con la defensa propia. La decisión del jurado subraya la importancia de considerar las circunstancias específicas y el estado mental del acusado durante eventos violentos. Por otro lado, los dos planificadores del robo y el asaltante superviviente fueron declarados culpables. La Fiscalía ha solicitado penas que oscilan entre tres y seis años de prisión para ellos. Los planificadores se beneficiaron de atenuantes por haber consignado parte del dinero robado y comprometerse a devolver el resto.
El caso ha dejado una profunda huella en la comunidad local y plantea preguntas sobre cómo se deben manejar situaciones similares en el futuro. La absolución de Rigo es vista por muchos como un triunfo para aquellos que defienden el derecho a protegerse dentro del propio hogar. Este veredicto no solo cierra un capítulo doloroso para Pau Rigo sino que también establece un precedente significativo en la interpretación judicial de la legítima defensa en España.
En el caso específico de Pau Rigo, los peritos judiciales desempeñaron varias funciones críticas:
Determinación de la Distancia del Disparo: Los peritos en balística analizaron el orificio en la ropa del fallecido y concluyeron que el disparo se realizó a una distancia no superior a dos metros. Esto fue clave para demostrar que Rigo disparó en un contexto de proximidad inmediata, lo cual es consistente con una situación de defensa personal. De estos análisis, ha explicado el perito ante el jurado, que se desprende que la distancia entre la boca del cañón de la escopeta que esgrimía Rigo y el abdomen del asaltante que recibió el disparo había entre un metro y medio y dos metros. La escopeta empleada, a su vez, medía 1,13 metros de distancia, en concreto, los peritos analizaron el orificio provocado por el proyectil en la ropa del fallecido y determinaron que, por su forma, el disparo se tenía que haber producido a corta distancia, además, ha añadido que, se encontraron restos de residuos de disparo tanto en el borde del citado agujero como en otras partes del chaleco que llevaba encima del resto de prendas. “Estos residuos de disparo son partículas que se producen en el interior de la recámara de un arma de fuego y no se conoce ningún proceso humano ni industrial que produzca estas características”, ha dicho el perito, quien ha añadido que, sumado a los restos de plomo, son “indicios suficientes para pensar que fue un disparo por arma de fuego” y que éste se produjo a la citada distancia y ha certificado que la vaina del cartucho que fue hallada en la vivienda que habitaban Rigo y su exmujer fue disparada por una de las escopetas para las que el hoy octogenario tenía licencia, concretamente una de dos cañones superpuestos.
Estado Mental del Acusado: El perito psicólogo declaró que Rigo podría haber actuado bajo un estado de miedo intenso, afectando su capacidad para tomar decisiones racionales. Este testimonio fue crucial para argumentar que su reacción fue instintiva y no premeditada, determinando que, fruto del miedo que sentía, podría haber sufrido una afección en sus capacidades intelectuales y volitivas “que no le permitieron regir su conducta de otra forma, en ese momento, que accionar la escopeta”, añadiendo que “el miedo le produce una reacción adaptativa que lo que intenta es solucionar el asunto que tiene y está afectado por una situación de miedo, teme por su vida, y busca un recurso dentro de las opciones que tiene, la que más seguridad le puede procurar, la que tiene un acceso más sencillo y rápido”.
Análisis de Lesiones: Los peritos también evaluaron las lesiones sufridas por Rigo durante el asalto, producidas por la pata de cabra que portaba uno de los asaltantes, confirmando que algunas podrían haber sido mortales si no hubiera actuado en defensa propia. Esto reforzó la narrativa de que su vida estaba en peligro inminente
En resumen, los peritos judiciales proporcionaron pruebas científicas y testimonios expertos que fueron determinantes para el veredicto final del jurado de no culpable. Su labor permitió establecer un contexto claro sobre cómo ocurrieron los hechos, ayudando al tribunal a tomar una decisión informada sobre la culpabilidad o inocencia de Pau Rigo.

