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El Decreto 21/2025 impulsa la modernización y flexibilidad de la Formación Profesional en la Comunidad de Madrid

El Decreto 21/2025 impulsa la modernización y flexibilidad de la Formación Profesional en la Comunidad de Madrid

El Decreto 21/2025, de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid (publicado en el BOCM el 22 de mayo de 2025), redefine el Sistema de Formación Profesional autonómico para adaptarlo al marco establecido por la Ley Orgánica 3/2022 y el Real Decreto 659/2023.

El Decreto 21/2025, de 21 de mayo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 22 de mayo de 2025, establece un nuevo marco normativo para la ordenación y organización del Sistema de Formación Profesional autonómico.

Antecedentes y base normativa

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid atribuye a esta comunidad la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, conforme al artículo 29 de la Ley Orgánica 3/1983 de Estatuto de Autonomía y en conexión con el artículo 27 de la Constitución Española y el artículo 149.1.30 CE Boletín Comunidad de Madrid. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, fija que el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, definirá los aspectos básicos del currículo, que en la Comunidad de Madrid constituyen el 60 % de la carga horaria.

La Ley Orgánica 3/2022, de ordenación e integración de la Formación Profesional, define el Sistema de Formación Profesional como un conjunto articulado de actuaciones dirigidas a identificar competencias profesionales, asegurar ofertas formativas y prestar servicios de orientación y acompañamiento profesional. El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, desarrolla dicho sistema a nivel estatal y autoriza a las comunidades a concretar su organización interna. En consecuencia, procede derogar el Decreto 63/2019 y consolidar los subsistemas educativo y de empleo en un único Sistema de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid.

Objeto, fines y objetivos

El artículo 1 extiende su ámbito a todos los centros públicos y privados autorizados para impartir cualquier grado de Formación Profesional. Los artículos 2 y 3 establecen como fines prioritarios la mejora de la cualificación y la empleabilidad, la innovación pedagógica y la igualdad de oportunidades, así como la prestación de servicios de orientación profesional personalizados, en línea con el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2022 y el espíritu del Real Decreto 659/2023.

Estructura de la oferta formativa

Se organizan cinco grados formativos:

  • Grado A: micro acreditaciones o acreditaciones parciales de competencia.
  • Grado B: certificados de competencia.
  • Grado C: certificados profesionales.
  • Grado D: ciclos formativos de grado básico, medio y superior.
  • Grado E: cursos de especialización.

Esta clasificación, que unifica y simplifica la progresión formativa, se complementa con un catálogo de módulos optativos en los ciclos de grado medio y superior para fomentar la personalización y la innovación curricular.

Modalidades y regímenes

Se reconocen tres modalidades de impartición: presencial, semipresencial y virtual, con atención tutorial adaptada. Además, se establece un régimen intensivo, con mayor dedicación en empresa, y un régimen general, facilitando la flexibilidad y la conciliación de los estudiantes, especialmente en la modalidad virtual.

Acceso, admisión y centros autorizados

Los procedimientos de acceso y admisión (artículos 26 a 35) incluyen criterios de prioridad basados en la nota media y la antigüedad de la titulación, así como mecanismos de convalidación y reconocimiento de experiencias previas. La autorización de los centros se realiza tras verificar requisitos generales y específicos por la Consejería competente, inscribiéndose dichos centros en un registro público. Se reconoce, además, la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión de los centros que imparten grados D y E, permitiéndoles diseñar proyectos de autonomía didáctica y metodologías innovadoras.

Fase de formación en empresa y evaluación

El decreto detalla la organización de las estancias formativas en empresas u organismos equiparados, incluyendo criterios de asignación, plan de formación y posibles exenciones. Se salvaguardan los derechos de las personas con discapacidad, adaptando medidas preventivas y metodológicas de accesibilidad, conforme al Real Decreto Legislativo 1/2013 y a la Ley Orgánica 3/2007 para la igualdad de género. La evaluación continua se estructura en convocatorias, sesiones de evaluación y reconocimiento académico, orientada a la consecución de resultados de aprendizaje y al seguimiento de la calidad formativa.

Orientación y calidad

Se refuerza el servicio de información y orientación profesional (artículos 72 y 73) y se crea un sistema de evaluación y calidad interno para monitorizar la eficacia del Sistema de Formación Profesional, garantizando la adaptación a las demandas sociales y productivas.

Disposiciones finales

Las disposiciones finales habilitan la normativa básica, ordenan la implantación gradual de las nuevas ofertas y fijan la entrada en vigor al día siguiente de su publicación en el BOCM, derogando expresamente el Decreto 63/2019 de 16 de julio de 2019. Se garantiza el cumplimiento de los principios de buena regulación, transparencia, eficiencia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, en el marco del Plan de Recuperación y Resiliencia financiado por la Unión Europea.

Este decreto supone un salto cualitativo en la regulación de la Formación Profesional en la Comunidad de Madrid, alineando la normativa autonómica con el marco estatal y europeo, y respondiendo a las necesidades del mercado laboral mediante itinerarios formativos flexibles y personalizados. La integración de subsistemas evita duplicidades y optimiza recursos, mientras la autonomía de los centros y la incorporación de modalidades virtuales y semipresenciales amplían el acceso y la adaptabilidad.

No obstante, su correcta implementación exigirá una planificación detallada de recursos, formación específica al profesorado en nuevas metodologías y un seguimiento riguroso del sistema de calidad para asegurar el cumplimiento de los objetivos de empleabilidad e inclusión. La coordinación interdepartamental y el diálogo con los agentes sociales serán clave para consolidar un sistema de FP moderno, eficiente y orientado al futuro.